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Andrónico propone diálogo para definir cambio de magistrados

CARTA.- El presidente del Senado envió una carta a David Choquehuanca, actual presidente en ejercicio, para viabilizar conversaciones entre el Ejecutivo y Legislativo, y que exista voluntad política ver posibles acefalías en el Órgano Judicial.

El presidente del Senado Andrónico Rodríguez, envió una nota al presidente en ejercicio, David Choquehuanca, en la que pide promover un diálogo entre el Ejecutivo y Legislativo, para definir el cambio de magistrados, que culminan su gestión el 31 de diciembre.

“Es importante que hoy mismo se pueda promover esta reunión a la cabeza del hermano presidente en Ejercicio los dos presidentes de ambas cámaras, todos los jefes de bancada, tanto de Diputados y del Senado y podamos empezar a generar condiciones lo más pronto posible”, afirmó Rodríguez.

El titular de la Cámara Alta consideró que es menester llegar a un “acuerdo político” que permita allanar y viabilizar la salida para evitar generar incertidumbre, tras no efectuarse las Elecciones Judiciales.

“Esperemos que ahora, definitivamente, exista voluntad política de los órganos de Estado y no afecten intereses ajenos que vayan a perjudicar o amenazar el mandato de nuestra ley fundamental que es la Constitución Política del Estado”, sostuvo.

El senador del ala “evista” del MAS, fungió el lunes por la noche como presidente en ejercicio, debido a que el Luis Arce viajó a Brasil para asistir a la cumbre del Mercosur.

Rodríguez manifestó en dicha condición que apostar a un fallo constitucional o a un decreto para el cambio de magistrados sería un despropósito, y que tal atribución sólo la tiene la Asamblea Legislativa

Anteriormente, parlamentarios de oficialismo y oposición presentaron proyectos de ley para viabilizar la habilitación de magistrados y vocales suplentes a partir del 3 de enero de 2024, fecha en la que inicia el nuevo periodo judicial de seis años.

En el marco normativo vigente los magistrados “no podrán ser reelegidos y su periodo de mandato será de seis años” según determina el artículo 183 parágrafo I de la Constitución Política del Estado. De igual forma lo establece para los consejeros de la Magistratura en el artículo 194.