El Banco Central de Bolivia (BCB) emitió la Resolución de Directorio 148/2024 para computar las reservas de oro dos veces por año. Este mineral es el sustento en físico de la moneda boliviana.
«La reciente Resolución de Directorio N° 148/2024 fue emitida con el objetivo de precisar las fechas de cómputo (5 de mayo-5 de noviembre de cada gestión) que debe reportar el Ente Emisor en cumplimiento a la mencionada Ley 1503» se lee en su comunicado.
Ayer, algunos medio de comunicación difundieron la versión de analistas, quienes señalaron que la entidad decretó la resolución 148 para vender oro hasta llegar a un límites de reservas de 20 toneladas. Cifra menor a la establecida en la Ley del Oro.
Ante esto, el Banco Central emitió un pronunciamiento para desmentir las declaraciones de expertos.
«El rechaza versiones tendenciosas y
descontextualizadas del marco legal vigente, emitidas por opinadores que
lamentablemente fueron replicadas por algunos medios de comunicación, respecto a que la Resolución de Directorio N° 148/2024″, enfatizó
La entidad financiera aclaró que Ley de «Compra de Oro destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales» no permite que las reservas del mineral bajen a menos de 22 toneladas. En tal sentido citó el artículo 9 de la norma:
“El Banco Central de Bolivia deberá mantener un mínimo de 22 toneladas de reservas de oro de las Reservas Internacionales, computables semestralmente a partir de la aprobación de la presente Ley”.