Declaran improcedente las preguntas para el referéndum
DETERMINACIÓN . El Tribunal Constitucional Plurinacional declaró improcedente la consulta del presidente Luis Arce respecto a las tres preguntas para un referéndum sobre la subvención a los combustibles y la reelección. Las preguntas debieron volver al Tribunal Supremo Electoral.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró improcedente la consulta realizada por el presidente del Estado, Luis Arce, respecto a las tres preguntas que pretende incluir en su censo sobre la reelección y la subvención de hidrocarburos.
“La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 121 y ss. del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: la improcedencia de la consulta de preguntas para referéndum realizada por el Presidente del Estado (…) debiendo devolverse antecedentes a los fines de su cumplimiento”, señala la parte conclusiva de la declaración 0029/2024 del TCP.
En suma, el TCP declaró la improcedencia debido a que las preguntas reformuladas enviadas por Arce no fueron derivadas primero al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para su aprobación, como marca la Ley.
Según señala el documento, los magistrados no analizaron el fondo de las preguntas para pronunciarse sobre su constitucionalidad o no, ya que no se cumplió el requisito señalado por el TSE.
“Este Tribunal se ve imposibilitado de ingresar a realizar el control previo de constitucionalidad de las preguntas de referendo presentadas; en consecuencia, corresponde declarar su improcedencia”, señala la parte argumentativa del fallo, firmado por los magistrados Julia Cornejo y Petronilo Flores.
En primera instancia, el Gobierno planeaba realizar el referéndum con cuatro preguntas; sin embargo, tras una primera presentación al TSE, esa instancia vetó la referida a los escaños parlamentarios y realizó observaciones a las concernientes a la reelección discontinúa y a si se mantiene o no la subvención del diésel y la gasolina especial en el país.
LAS PREGUNTAS
- ¿Está usted de acuerdo a que el artículo 168 de la constitución política del estado, que dispone la reelección por una sola vez de manera continua del presidente y vicepresidente del estado, sea ampliado para incorporar la reelección por una sola vez de manera discontinua, lo cual, implicaría iniciar el procedimiento de forma parcial de la constitución, previsto en el texto constitucional vigente?
- ¿Usted está de acuerdo con levantar gradualmente (es decir poco a poco) la subvención a la gasolina especial?
- ¿Usted está de acuerdo con levantar gradualmente (es decir poco a poco) la subvención al diésel?