
Las empresas públicas del país tienen 30 días para establecer si aplican o no el incremento salarial del 3% al haber básico que dispuso el Gobierno tras un acuerdo con la Central Obrera Boliviana (COB).
En el sector privado, la medida debe aplicarse tras un proceso de negociación y sobre la base del 3%, es decir que no puede ser menos. Entre tanto, en el sector público, solo beneficiará a los trabajadores de salud y educación.
Desde el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas explicaron que en las empresas públicas y en las cuales el Estado tiene mayoría accionaria, se debe trabajar en base a los lineamientos establecidos en el decreto supremo 2348 del 1 de mayo de 2015.
En esta norma se establecen tres requisitos para aplicar el incremento, además de plazos.
El acuerdo con los trabajadores para el incremento debe ser autorizado mediante un decreto expreso con la aclaración de que no podrá ser superior al aprobado para este año (3%), «respetando la utilidad neta y la disponibilidad financiera de cada empresa».
Las empresas públicas deben demostrar sostenibilidad financiera para al menos tres años.