Entregarán certificados de nacimiento a niños menonitas
PROCESO . Son 8.600 niños los que se beneficiarán del proceso especial que inició el Servicio de Registro Cívico para entregarles certificados de nacimiento. El proyecto se trabajó seis meses con las colonias menonitas para que puedan acceder.

El Servicio de Registro Cívico de Santa Cruz (Sereci) inicia un proceso especial para beneficiar a 8.600 niñas y niños menonitas que no cuentan con certificado de nacimiento y que, por lo tanto, ven limitado su derecho a la identidad, reconocido en una serie de tratados y convenios internacionales.
Con carácter previo, se realiza el registro biométrico preliminar de los progenitores para garantizar la seguridad e identidad única de los menores beneficiarios. Este registro es requisito indispensable para acceder al Sistema de Registro Civil Biométrico (RCBIO); posteriormente, los progenitores podrán acudir a cualquier Oficina de Registro Civil para tramitar las partidas de nacimiento de sus hijos.
Este proyecto beneficiará a niñas y niños de las colonias menonitas de los municipios de Cuatro Cañadas, Pailón, San José de Chiquitos, Concepción, Cabezas, San Ignacio y Gaioc-Charagua para que tengan registro legal de su existencia y puedan ejercer derechos y cumplir deberes.
Es importante resaltar que la colonias menonitas han solicitado este tipo de proyecto desde anteriores gestiones, es por ello, que durante la gestión actual el Sereci Santa Cruz en coordinación con la Dirección Nacional del Serecí coadyuvo a la consolidación de este proyecto que se ha trabajado alrededor de seis meses con los representantes de las diferentes Colonias.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que todo niño tiene derecho a ser inscrito inmediatamente después de su nacimiento, tener un nombre, y a adquirir una nacionalidad.
Asimismo, el art. 8 de la Convención sobre los Derechos del indica que los Estados “se comprometen a respetar el derecho del Niño a preservar su identidad, nacionalidad, nombre y relaciones familiares”, y dispone que los Estados Partes deben adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos por la Convención. La Convención fue ratificada por el Estado boliviano mediante Ley No 1152 de fecha 14 de mayo de 1990.