Ley para Restitución de Derechos Laborales entrará en vigencia
EL 30 DE OCTUBRE
INFORME. Con esta ley se busca “resguardar el derecho al trabajo, a la estabilidad laboral en caso de despido injustificado, la inamovilidad laboral, la falta de pago de remuneración o salario, y el cumplimiento del fuero sindical”, aclaró Navia.

La Ley de Procedimiento Especial para la Restitución de Derechos Laborales entrará en vigencia plena el 30 de octubre del año en curso, afirmó ayer viernes la ministra de Trabajo, Verónica Navia, tras el acto del 71 aniversario de vida institucional de la Confederación General de Trabajadores Fabriles de Bolivia.
“Es una Ley que no solo recuperará los derechos vulnerados de los trabajadores, sino, además, protegerá de aquí en adelante a las y los trabajadores que sean despedidos sin causa legal. Entonces (la Ley 1468) es un hito a nivel regional en normativa laboral”, afirmó Navia.
La nueva norma alcanzará a los trabajadores que hayan sido despedidos tres meses antes de la promulgación de la Ley de Procedimiento Especial de Restitución de Derechos Laborales.
Los casos que tengan sentencia constitucional aprobada serán enviados a la vía de la ejecución, esta figura estará contemplada en el protocolo de la nueva ley que está siendo elaborado, según información del Ministerio de Trabajo.
Navia recordó que fueron los fabriles y mineros quienes pidieron al presidente Luis Arce la conformación de una comisión corta para dar solución a la situación de los trabajadores despedidos durante el gobierno de Jeanine Añez.
Esta ley ya fue aprobada y sancionada en Asamblea Legislativa y promulgada por el presidente Luis Arce.
La norma laboral simplifica y acorta los plazos para los trámites administrativos de restitución del trabajador despedido sin causa justificada, con derechos como la cancelación de salarios impagos durante la suspensión.