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Procuraduría crea una dirección para atender casos de liquidación

La Procuraduría General del Estado creó la Dirección General de Defensa Legal del Patrimonio de las Entidades Públicas del Nivel Central del Estado en Liquidación, Cerradas y Residuales, que tendrá como una de sus primeras tareas atender el proceso de disolución del Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF).

La Dirección fue creada mediante Resolución Procuradurial N° 014/2024 de 29 de enero de 2024, mientras el 7 de febrero el Gabinete de ministros aprobó el Decreto Supremo N°5115 que establece las atribuciones de la entidad con el fin de operativizar el patrocinio y defensa de los procesos judiciales que serán asumidos por la Procuraduría General del Estado, así como llevar adelante las acciones legales y extrajudiciales emergentes, cuando corresponda.

El decreto establece que la Dirección tendrá las atribuciones de patrocinar los procesos judiciales de las entidades públicas del nivel central del Estado en liquidación, cerradas y residuales, sea en calidad de demandante o de demandado; realizar acciones extrajudiciales; iniciar acciones legales a solicitud de los Ministerios del Órgano Ejecutivo o de las entidades responsables de las entidades públicas en liquidación, cerradas y residuales.

También podrá iniciar acciones legales ante las autoridades competentes, contra los que resultaren responsables por la administración y/o daño al patrimonio, así como las acciones necesarias para la recuperación de activos, cobro de acreencias y pago de pasivos; promover mecanismos alternativos para resolver controversias en el marco de la normativa legal y la cultura de la paz; requerir cuando corresponda la realización de las auditorías y gestionar los recursos para el pago de las obligaciones emergentes de los procesos judiciales.

Uno de los primeros casos que atenderá la Dirección será el referido al Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF), que fue creado en septiembre de 1995 y que, mediante Decreto Supremo 28999, de 1 de enero de 2007, se dispuso el proceso de disolución gradual hasta su liquidación definitiva.

La disposición adicional única del Decreto Supremo N° 5115 establece que el “FONDESIF en proceso de disolución, bajo inventario, debe realizar el traspaso de los procesos judiciales y extrajudiciales que tenga pendientes a la Dirección General de Defensa Legal del Patrimonio de las Entidades Públicas del Nivel Central del Estado en Liquidación, Cerradas y Residuales”.

Fuente El Mundo y Agencias